El intendente Andrés Golosetti dispuso la posibilidad de desarrollar determinadas actividades enmarcadas dentro del Decreto Nº067

La Municipalidad de Casilda a través de la firma del intendente Andrés Golosetti respecto al Decreto Nº067 habilita diversas actividades a desarrollarse cumpliendo estrictamente con todas las medidas preventivas vigentes.

En primera instancia y a partir del viernes 21 de agosto de 2020, quedan habilitadas todos los días y en el horario de 8 a 21 horas, las siguientes actividades y rubros:

Salidas breves para caminatas de esparcimiento, de forma individual (en caso de ser más de una persona, deberán pertenecer al grupo familiar conviviente). Se mantiene la prohibición del uso de plazas, parques, paseos y juegos infantiles.

Instalaciones  a los fines de la práctica deportiva que no impliquen contacto físico con los participantes; Deportes individuales, desde los 12 años: Atletismo, Arquería, Automovilismo (sin acompañante), Tiro, BMX, Motociclismo, Running, Ciclismo, Canotaje, Remo, Kajak, Gimnasia Artística, Equitación, Golf, Halterofilia, Marcha Atlética, Patín Artístico, Boxeo, Judo, Lucha y Artes Marciales; Deportes con interacción con oponentes, desde los 12 años: Tenis, Pelota Paleta, Tenis de Mesa, Paddle y Bochas.

Además, se establece que a partir del viernes 21 de agosto de 2020, se permiten (todos los días) las reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. La concurrencia simultánea permitida es de hasta diez (10) personas, independientemente de la superficie del ámbito donde la reunión o celebración se realice.

Por otro lado, pero siguiendo con las autorizaciones, se establece que a partir del lunes 24 de agosto del 2020 quedan habilitadas en el horario de 8 a 21 horas, las actividades que se desarrollan en gimnasios y  academias de danza siempre que no impliquen una concurrencia simultánea superior a diez (10) personas, incluidos los profesores; y los natatorios a los fines de la práctica de las actividades: gimnasia acuática, gimnasia terapéutica, entrenamiento y enseñanza de natación.

En relación a actividades comerciales, el Decreto Nº067 anuncia que a partir del lunes 24 de agosto del 2020 rigen nuevos horarios de funcionamiento conforme el siguiente detalle: a) venta de mercaderías esenciales de lunes a domingo en el horario de 08.00 a 21.00 horas y, b) venta de mercaderías no esenciales de lunes a sábados en el horario de 08.00 a 19.00 horas.

Por su parte, cuentan también con el permiso para funcionar las agencias de viajes y turismo de lunes a sabados en el horario de 08.00 a 19.00 

El funcionamiento de bares, restaurantes, heladerías y/o demás locales gastronómicos, queda habilitado a partir del lunes 24 de agosto del 2020 para su apertura todos los días, debiendo cerrar al público a las 24.00 horas. Los titulares de los comercios referidos deben cumplir estrictamente con el factor ocupacional que se establece en un  cincuenta por ciento (50%).

A partir del lunes 24 de agosto de 2020 en el horario de 08.00 a 21.00 horas, se permiten las actividades culturales, talleres y actividades formativas artísticas, museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica.

Es sumamente necesario que quienes desarrollen cualquiera de las actividades habilitadas respeten el cumplimiento de las medidas sanitarias, desinfección, distanciamiento, lavado frecuente de manos, cumplimiento del factor ocupacional y toda otra norma ya comunicada.