El Municipio de Casilda entiende que la pandemia COVID-19 trae aparejadas muchas consecuencias sobre la economía y que todos los niveles de gobierno deben adoptar medidas de ayuda y de alivio a ciertos sectores poblacionales, como son los pequeños comercios que debieron cesar totalmente en sus actividades desde que se ordenara el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Por ello, el intendente ha mantenido reuniones con comerciantes de la ciudad intercambiando opiniones y ha decidido exceptuar del pago del Derecho de Registro e Inspección a través del Decreto Nº 037-2020  a todos aquellos contribuyentes y/o responsable cuyos ingresos brutos anuales del período fiscal 2019 sean inferiores o iguales a la suma de $6.000.000 (seis millones)

Esta decisión regirá para el mes de marzo de 2020, pudiendo extenderse hasta tanto se encuentre vigente la declaración de Emergencia Sanitaria establecida por Ordenanza N° 308912020.

Aquellos que hayan abonado o abonen alguno de los períodos exentos gozarán de un crédito fiscal con el que podrán cancelar períodos fiscales posteriores.

No se encuentran incluidos en la presente exención aquellos contribuyentes que hayan tenido actividad durante el período de aislamiento social preventivo y obligatorio.

Los que entiendan estar incluidos en la exención deberán completar en carácter de Declaración Jurada el formulario denominado Anexo 1, descargar aquí ANEXO 1 Luego remitir su petición a ingresospublicos@casilda.gov.ar  y esperar la aprobación o la denegación por esa misma vía de comunicación.