La Secretaría de Producción, Empleo y Desarrollo Sustentable, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor informa que:
No se puede aumentar el precio cuando se compre con BILLETERA SANTA FE, los costos del programa son claros y cuando los comercios se adhieren saben de los mismos, por lo que estos importes no se pueden trasladar a los consumidores.
En tal sentido, la ley de Tarjetas de Créditos, Nº 25.065, claramente prohíbe esta práctica al expresar que es obligación del proveedor o vendedor, NO EFECTUAR DIFERENCIAS DE PRECIO ENTRE OPERACIONES DE CONTADO, EFECTIVO Y CON TARJETA, ya sea de débito o de crédito cuando la operación se realice en un solo pago y todo esto es asimilable a Billetera Santa fe, en donde las ventas son “sin recargo, ni modificación del precio”.
El consumidor debe saber y conocer que este cobro es ilegal y representa un abuso de parte del comerciante y, por ello, pasible de ser sancionado. Se aconseja a los consumidores que, cuando se enfrenten a este tipo de prácticas ilegales, haga valer sus derechos y exijan el cobro del precio que figura exhibido en la vidriera, en la góndola o en el producto y que, en caso de que el comercio se niegue, debe efectuar la correspondiente denuncia a fin de que se tomen las medidas administrativas y de fiscalización correspondientes.”
Por último, se recuerda a todos los ciudadanos que, a fin de radicar una denuncia, informarse o consultar, pueden acercarse a la mencionada Oficina.