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El Área de Seguridad Alimentaría de Casilda (ASAC), dependiente de la Secretaría de Gobierno, informa que, dando cumplimiento a lo establecido en la ordenanza Nº 1710 y su Decreto Nº 232 que la reglamenta, se intensificarán las acciones de control higiénico sanitario de carácter bromatológico en vehículos que realicen la introducción o el reparto local de productos alimenticios y materias primas.
A fin de fortalecer el  funcionamiento de la Cabina Sanitaria, como pilar de fiscalización en la cadena agroalimentaria, se realizarán controles de inspección diarios, en horarios de mañana y tarde, en la vía pública y en establecimientos que reciban los productos destinados al consumo, materias primas y sus derivados.

Mediante dicho control se exigirá: Habilitación del vehículo (UTA o SENASA) y comprobantes de venta sellados e intervenidos por la Cabina Sanitaria. En el caso de los Comercios locales que son abastecidos, se les exigirá todos los comprobantes de compra de la última semana, con el sello de la Cabina Sanitaria.

Es menester destacar lo expuesto en el Art. Nº 12 del Decreto Nº 232: “Los comerciantes que sean abastecidos por los introductores de mercaderías, quedan obligados a exigir a éstos la documentación que emite la Municipalidad para certificar el pago de la tasa de actuación administrativa al mes devengado.

Queda expresamente prohibido a los comerciantes, recibir mercaderías de aquellos introductores que no presenten la certificación de registro y pago antes mencionada.

El incumplimiento de esta reglamentación, hará al comerciante receptor, responsable solidario del tributo respectivo, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle a ambos”

Ante cualquier inquietud, comunicarse con el Área de Seguridad Alimentaría, sita en Washington 1454, teléfono 429083.-