El Departamento de Tránsito retoma sus actividades: habrá atención con turnos

Sin excepción y adhiriéndose a las medidas de prevención establecidas, se podrán llevar a cabo una serie de trámites previo asesoramiento telefónico 

En el marco de la emergencia sanitaria desde la Dirección Nacional de los Registros de Propiedad del Automotor anunciaron que a partir del miércoles 22 de abril, se podrán concretar una serie de trámites que no incluye turnos para Licencia de Conducir con el requisito obligatorio de solicitar turnos vía web y evitar aglomeración de personas en las oficinas correspondiente.

Al ser una medida nacional, el Deparamento de Tránsito debe empezar a trabajar de manera diferencial en horario y tipo de atención. A continuación se detalla el cronograma de las administraciones que se pueden llevar a cabo.

  1. Deuda de patentes y actualización de moratorias: se recibirán los pedidos exclusivamente de forma telefónica (al 422 211-12 interno 121), se resolverán a través de esa misma vía y coordinará con el solicitante la forma de retiro.
  2. Trámites de altas, bajas o transferencias: vía correo electrónico (dptotransito@casilda.gov.ar) se deberá enviar la documentación escaneada para que desde el Departamento se puedan realizar las determinaciones correspondientes. El método de pago será mediante transferencia bancaria a la cuenta de la municipalidad.
  3. Por su parte, toda aquella persona que tenga como única alternativa realizar dichos trámites de manera presencial deberá sin excepción coordinar un turno de manera telefónica (al 422212 interno 121). 

La solicitud de turnos será sin excepción de 9 a 11 horas. Aquellas personas que deban asistir a las oficinas deberán hacerlo respetando las normas de distanciamiento social, el uso obligatorio de tapabocas y contar con el comprobante del turno que a su vez actuará como permiso de circulación. 


Exención en el pago del Derecho de Registro e Inspección

La Municipalidad de Casilda entiende la necesidad de adoptar medidas que puedan llevar alivio a cierto sector de la población. En diversas reuniones ha recibido además, los pareceres de los comerciantes de la ciudad.

El Intendente Municipal, ad referendum del Concejo Municipal ha emitido el decreto N° 037/2020 mediante el cual se exceptúa del pago del Derecho de Registro e Inspección de los meses de marzo y abril del corriente año a todos aquellos responsables cuyos ingresos brutos anuales durante el periodo fiscal 2019 hayan sido iguales o inferiores a Pesos Seis Millones ($6.000.000.-)

Regulación de las actividades permitidas

A los fines de llevar claridad, y ante consultas recibidas, la Municipalidad de Casilda elaboró un listado de las únicas actividades permitidas en el ámbito de la ciudad.

Los nuevos horarios regirán desde las 00.00hs de este sábado 18 de abril
Este municipio, no se encuentra facultado per-se para habilitar el funcionamiento de actividades que no estén exceptuadas por el gobierno nacional y/o provincial.
A continuación detallamos las actividades permitidas:

 

  • Supermercado mayoristas y minoristas, almacenes: de 8 a 17 horas, venta en local y por entrega a domicilio.
  • Servicios de Lavandería: de 8 a 17 horas, venta en local y por entrega a domicilio.
  • Venta de productos de limpieza: a puertas cerradas, solo con entrega a domicilio de 8 a 17 horas.
  • Farmacias: de 8 a 17 horas, farmacias de turno:  horario completo. Gomerías: a puertas cerradas y sólo para transporte público, vehículos de la fuerza de seguridad y de las fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud y a los del personal con autorización para circular.
  • Venta artículos de librería e insumos informáticos: a puertas cerradas, sólo modalidad entrega a domicilio de 8 a 17 horas
  • Venta de garrafas y ferreterías: de 8 a 17 horas.
  • Veterinarias: de 8 a 17 horas.
  • Venta de repuestos de motoclicletas,  bicicletas y automotor: a puertas cerradas, modalidad entrega a domicilio y sólo a empresas esenciales y/o exceptuadas.
  • Pinturerías: a puertas cerradas, con modalidad entrega a domicilio y sólo a empresas esenciales y/o exceptuadas.
  • Rotiserías/Comercios de comida elaborada: de 11 a 15 y de 19 a 22 horas, pero sólo con modalidad entrega a domicilio.
  • Heladerías ,  Pastelerías, Tortas y Postres: viernes y sábados de 15 a 22 horas y domingos de 11 a 15 horas, pero sólo modalidad entrega a domicilio.
  • Proveedores de actividades exceptuadas: a puertas cerradas, sólo modalidad entrega a domicilio.
  • Servicios de mantenimiento y emergencias de infraestructura (albañiles, plomeros, electricistas gasistas, cerrajeros): de 8 a 17 horas, pero sólo en casos de necesidad urgente y con protocolos de Covid-19 exigidos.
  • Servicio de desmalezamiento​​​​​​​: solo los días sábados de 8 a 17 horas.
  • Corralones de materiales: a puertas cerradas y únicamente para proveer a empresas exceptuadas de8 a 17 horas.
  • Aserraderos y fábricas de productos de madera y  empresas maquinarias agrícolas: de 7 a 17 horas.
  • Remises: sólo trasporte de personas permiso de circulación y con el máximo de dos pasajeros.
  • Talleres mecánicos de autos y motos y talleres de bicicletas: a puertas cerradas, sólo para transporte público, vehículos de la fuerza de seguridad y de las fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud y a los del personal con autorización para circular.
  • Mutuales y Cooperativas de crédito, bancos: con turno previo según Resolución del Banco Central N° A6958.
  • Cobros y pagos habilitados: de 8 a 17 horas.
  • Consultorios Médicos: de 8 a 17 horas, con turnos espaciados y garantizando la distancia en salas de espera según protocolo sanitario de la Provincia de Santa Fe.
  • Proveedores de Internet​​​​​​​: de 8 a 17 horas pero para cobro de cuotas únicamente.

 


Protocolo de trabajo seguro para empresas industriales

La Municipalidad de Casilda, dispone de un PROTOCOLO DE TRABAJO SEGURO  confeccionado por la Dra. Julieta del Castillo, asistente del Subsecretaria de Salud Pública local.

Basado en la Resolución 29-2020 emitida por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y la Disposición N° 5/2020 emitida por la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

El mismo, determina las recomendaciones generales a tener en cuenta y el modo de desarrollo de las tareas con el objeto de priorizar la protección de la vida, tanto de trabajadores como de cualquier otra persona que intervenga en el proceso.

Sin más, continuaremos informando sobre medidas que vayan surgiendo por parte del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal y sobre la evolución del COVID-19 en el territorio que nos compete.

 


Prórrogas del Área de Seguridad Alimentaria

La Municipalidad de Casilda a través del Área de Seguridad Alimentaria (ASAC); informa a la población que, excepcionalmente y con motivo de la emergencia sanitaria del COVID-19 establecida por Decreto Nacional 270/2020, se prorroga hasta el 30/05/2020 la validez de las Unidades de Transporte de Alimentos (UTA) y Carné de Manipulador de Alimentos.

Asimismo, esta repartición informa que se encuentra trabajando únicamente con atencion de Cabina Sanitaria de lunes a viernes de 6.00 a 18.00 hs

Pedimos compromiso y solidaridad de toda la comunidad para la prevención y cuidado de Todos.


Sobre la disposición administrativa N° 450/2020

ARTÍCULO 1°: Las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en la decisión administrativa N° 450/2020 emitida por el Jefe de Gabinete del Gobierno Nacional; se deberán realizar de la siguiente manera:

1.- Venta de insumos y materiales de la construcción, provistos por corralones. Podrán llevarse a cabo ÚNICAMENTE a favor de empresas, instituciones o comercios que realicen las actividades y servicios exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”  detalladas en art. 6 del Decreto Nacional N°297/2020 (ej. obra pública, servicios de sanitarios). Los comercios respectivos, deberán funcionar, a puertas cerradas, sin atención al público y mediante venta telefónica.

2.- La referencia de la norma a actividades de distribución y comercialización forestal no permite la venta al público y/o bajo la modalidad delivery de productos individuales (plantas, flores, etc.) a clientes hogareños.

3.-  Fábrica de maquinaria agrícola  Se sugiere aplazar el inicio de actividades para el día 13 de abril de 2020 y, para el caso de resultar preciso el inicio de sus tareas, deberá funcionar con el personal mínimo indispensable.-

  1.  Servicios esenciales de mantenimiento. Sólo se permitirá la realización de los mismos si resultan necesarios, impostergables e ineludibles:
  2. a) Para el funcionamiento de las actividades y servicios exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” detalladas en art. 6 del Decreto Nacional N°297/2020;
  3. b) Solo en situaciones de emergencia y que deban garantizar la provisión de servicios esenciales (luz, agua, gas, servicios sanitarios).

Los desplazamientos de las personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.-

ARTÍCULO 2º: En todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD NACIONAL y PROVINCIAL y NORMATIVA LOCAL para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, debiendo proveer necesaria y obligatoriamente de toda medida de profilaxis.


Deliverys y Asistencia Escolar

Las normas dictadas requieren de permanente revisión, por ello la Municipalidad de Casilda ha resuelto posibilitar la realización de las siguientes actividades:

REPOSTERÍAS: Podrán expender productos el día  Viernes 10 y sábado 11 de abril de 2020 en el horario de 09.00 a 14.00 horas mediante la modalidad de venta telefónica y entrega vía delivery con un único vehículo por comercio o empresa.

HELADERÍAS: Podrán expender sus productos los días Sábado 11 de abril de 2020 en el horario de 15.00 a 21.00 horas y Domingo 12 de abril de 2020 en el horario de 10.00 a 14.00 horas mediante la modalidad de venta telefónica y entrega vía delivery con un único vehículo por comercio o empresa.

ARTÍCULOS DE LIBRERÍA – ACTIVIDAD ESCOLAR: Atento la extensión del aislamiento social preventivo y obligatorio y la necesidad de los alumnos de realizar actividades o tareas enviadas por los docentes, la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Casilda instituirá un programa coordinado con las Directoras de los Establecimientos Escolares para facilitar la entrega de los materiales didácticos a los alumnos, la que se realizará a partir del día Lunes 13 de abril de 2020 en el horario de 10.00 a 15.00 horas mediante la modalidad de venta telefónica y entrega vía delivery con un único vehículo por comercio o empresa.

VENTA DE INSUMOS DE LIBRERÍA A EMPRESAS Y ACTIVIDADES EXCEPTUADAS CONFORME DNU 297/2020: Visto el tiempo transcurrido desde la imposición del aislamiento social, preventivo y obligatorio y la existencia de actividades que se continúan desarrollando (clínicas, sanatorios, frigoríficos, empresas vinculadas al agro, etc.) se podrá expender productos mediante la modalidad de venta telefónica y entrega vía delivery en el horario de 09.00 a 12.00 horas con un único vehículo por comercio o empresa.

Las empresas que pretendan realizar actividades en los rubros referidos deberán solicitar autorización a la Secretaría de Producción, Empleo y Desarrollo Sustentable hasta el día 08 de abril de 2020, quedando prohibido y sujeto a sanciones la realización de actividades sin la pertinente autorización.

La Municipalidad de Casilda continúa con su actividad de permanente revisión de la normativa dictada por el Gobierno Nacional para adecuarla a las necesidades locales, a cuyo efecto se publicará oportunamente un cronograma reglamentando las actividades exceptuadas para la semana  del 13 al 18 de abril de 2020.

LA MUNICIPALIDAD DE CASILDA ÚNICAMENTE PERMITIRÁ LAS ACTIVIDADES EXCEPTUADAS POR NORMATIVA NACIONAL.


El Comité de Epidemiología recomendó continuar con las medidas de prevención

Luego de las solicitudes de comerciantes de la ciudad peticionando la apertura de ciertos rubros y/o la solicitud de venta bajo la modalidad delivery, el intendente Andrés Golosetti se dirigió al Comité de Epidemiología para buscar respuestas a las inquietudes de los vecinos.

Frente a esto, la junta de profesionales exhortó a continuar con las medidas de prevención consistentes en reforzar el aislamiento social y evitar al extremo la circulación de personas y mercaderías, tal cual lo resuelto por disposiciones nacionales  (Decreto de Necesidad y Urgencia Nº260/2020 y sus modificatorias) avalados por el Ministerio de Salud de la Nación , con excepción hecha a  las actividades ya autorizadas por las disposiciones mencionadas.

Esto significa que la ciudad de Casilda deberá enmarcarse en el plan sanitario aplicado a nivel nacional y esperar nuevas resoluciones para los próximos días.

No debemos abandonar la batalla contra el COVID-19, debemos llevarla a cabo con unidad, esfuerzo y paciencia.

 

 

 


Nuevas medidas que rigen para los comerciantes

Las comunicó el intendente Andrés Golosetti en videoconferencia con el fin de frenar la propagación el avance de la pandemia

Andrés Golosetti en uso de sus facultades, dictó una serie de determinaciones para el sector comercial abocadas a reducir riesgos, respetar espacios y continuar con acciones preventivas desde el punto de vista epidemiológico. Cabe destacar que ante las mismas se encuentran en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se dispone acerca de esta enfermedad.

Además. como es de público conocimiento, ya se han confirmado casos positivos de COVID-19 en nuestra ciudad. Tal es asì que lo puntos explicados a continuaciòn deberàn de ser respetados por todos los locales de todos los rubros exceptuados.

1- Cada comercio deberá disponer de una persona con medios de protección debidamente colocados que proceda a la aplicación de alcohol en gel u otra solución aconsejada por las autoridades nacionales en las manos de las personas que pretendan ingresar, debiendo impedirlo en caso de negativa.

2- Desinfectar adecuadamente con la solución antes referida los carritos, changuitos o canastos utilizados cada vez que un cliente finalice la compra y demás lugares de contacto.

3- Asegurarse de mantener en la filas de espera fuera de los locales una distancia mínima entre personas de la menos dos (2) metros.

4- No permitir que permanezca más de una persona en el interior de locales de hasta veinticinco (25) metros cuadrados, no más de dos personas en el interior de locales de hasta cincuenta (50) metros cuadrados y no más de tres personas en el interior de locales de cincuenta (50) metros cuadrados o más.

5- Mantener adecuada y permanentemente ventilados los locales.

Dada la gravedad de la pandemia la necesidad de cumplir las medidas propuestas en una responsabilidad de la que todos deben hacerse cargo. En caso de detectarse infracciones o incumplimientos que pongan en peligro la salud de la población de Casilda se aplicarán con extrema dureza las sanciones previstas en la normativa, multas y/o clausuras.


Decreto Municipal de acciones preventivas por el Coronavirus

 Considerando que el Poder Ejecutivo Nacional ha dictado en fecha 12 de marzo del corriente el Decreto de Necesidad y Urgencia N°260/2020 en relación al coronavirus Covid-19 al que adhirió el Poder Ejecutivo Provincial mediante el dictado del Decreto N°213/2020.

Teniendo en cuenta la propagación acelerada a nivel mundial del virus, el Intendente Golosetti ha dictado en el dia de la fecha el Decreto 029/2020 que establece distintas regulaciones a nivel local, a fin de contrarrestar el riesgo de contagio y proteger a todos los vecinos. Pendiente a minimizar el impacto de la pandemia en nuestra ciudad.

La medida adhiere en su totalidad a las disposiciones nacionales y provinciales relativas a las medidas preventivas en relación al virus COVID-19 (Coronavirus).

En este marco, se otorga licencia obligatoria a partir de la publicación del presente y hasta el 31 de marzo de 2020 a personal municipal considerado población de riesgo: personas de SESENTA Y CINCO (65) años en adelante, insulinodependientes, con insuficiencias cardíacas severas, EPOC, inmunodeprimidos, pacientes en terapia oncológica y embarazadas y, a todas las personas incluidas en el art. 1º de la Decisión Administrativa 390/2020. Los trabajadores comprendidos en el presente artículo deberán permanecer a disposición ante el requerimiento del municipio de realización de tareas bajo las modalidades de “teletrabajo” y/o similar, pudiendo ser convocados ante situaciones extraordinarias y/o para el cumplimiento de servicios esenciales.

Asimismo, se dispone la suspensión total de las actividades que se desarrollen en los establecimientos privados destinados a celebrar cumpleaños, bautismos, bodas, reuniones sociales o similares, cualquiera sea su denominación y/o capacidad.

También, dispone que los bares, restaurantes, comedores, clubes y/o establecimientos de reunión sólo podrán funcionar hasta la una (01:00) de la mañana, respetando las condiciones establecidas en el decreto 027/2020.

Por otro lado, dicta la suspensión de toda actividad que se desarrolle en locales con actividad bailable (art. 1.1 Ord. 1751/2009): a) Confiterías bailables para mayores y menores, b) Cantinas, c) Salones de fiestas y d) Peñas o bailes estudiantiles. Se suspende también la realización de espectáculos y/o números en vivo y/o cualquier actividad bailable que implique concurrencia masiva de personas, la enseñanza de baile y/o danza y/o actividad física que se desarrolle en Gimnasios, Institutos, Academias, Clubes, Escuelas y/o cualquier otro establecimiento similar, y las reuniones y/o celebraciones de todo credo y/o religión en el ámbito de la ciudad de Casilda.

Prorroga por SESENTA (60) días el vencimiento de las licencias de conducir que otorgue la Municipalidad de Casilda, y suspende hasta su reprogramación las audiencias a realizarse en el Tribunal de Faltas de la ciudad de Casilda.

Finalmente, extiende por un plazo de SESENTA (60) días corridos la vigencia de las habilitaciones de taxis, remises y/o vehículos destinados a transportes especiales cuyo vencimiento opere entre la fecha de dictado de la presente y el 31 de marzo de 2020. Suspende durante el mismo lapso de tiempo la atención y el otorgamiento de licencias de conducir en el ámbito municipal, salvo casos excepcionales debidamente acreditados.

“La realidad nos exige el permanente dictado de normas enderezadas a minimizar los riesgos de nuestra población. Estamos ante una situación que requiere nuestro máximo compromiso y, en ese sentido generamos estas medidas. Si actuamos de acuerdo a las recomendaciones de los especialistas, seguramente ayudaremos a mitigar la propagación del virus. Es muy importante que nos cuidemos entre todos”, expresó el intendente Andrés Golosetti una vez concluida la firma del Decreto.